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Obtención y recuperación de la autorización para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta

Las donatarias autorizadas gozan de un régimen fiscal preferente en atención a los fines de interés público que desarrollan, así como a la prohibición expresa de obtención de lucro que la ley les mandata; para la obtención de la autorización para recibir donativos deducibles y con ello ser sujeto del citado régimen, se otorga una consultoría integral que incluye un dictamen en el que se brindará orientación específica respecto a todos los requisitos para su obtención, y la atención a dudas y planteamientos relacionados con el trámite, de manera permanente hasta la obtención de la respuesta por parte de la autoridad.

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Revisión, orientación y acompañamiento en el debido cumplimiento de obligaciones fiscales relacionadas con la autorización como Donataria

Consultoría orientada al cumplimiento fiscal eficiente de las obligaciones que conlleva el régimen fiscal de Donataria, ya que al ser distinto del régimen general de ley, requiere una atención especializada. Esto de conformidad con las leyes en materia, con especial atención en los ingresos -relacionados y no relacionados-, gastos -egresos administrativos y operativos-, correcta emisión de los CFDIs, etc.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta establece como causal de revocación de la autorización, la obtención de ingresos por actividades no relacionadas, en un porcentaje mayor al 50% respecto de la facturación total del ejercicio.

Por lo anterior, es importante revisar los conceptos por los cuales obtienen sus ingresos, en qué destinan su gasto, constatar que se han presentado correctamente las declaraciones fiscales, incluyendo Transparencia, así como la correcta facturación.

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Orientación y acompañamiento de trámites y avisos

Si eres una Organización de la Sociedad Civil, debes saber que no necesariamente te consideras como un ente sin fines de lucro para temas fiscales, por ello es importante que conozcas tu situación ante la autoridad fiscal y en su caso, tramites tu autorización como Donataria por primera vez.

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Impartición de pláticas y talleres

Dirigido a Organizaciones de la Sociedad Civil, a efecto de que los participantes tengan conocimiento de las obligaciones que en su carácter de Entidades sin fines de lucro y en lo particular como Donatarias Autorizadas deben cumplir de conformidad con la legislación vigente en materia fiscal, tributaria y financiera.

Boletín mensual

Se informa a las Donatarias autorizadas de las novedades en legislación fiscal, así como las obligaciones próximas a vencer.

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Mantenimiento anual

Asesoramiento y acompañamiento a las áreas responsables de dar cumplimiento a las obligaciones fiscales. Se inicia con una capacitación global y posteriormente se resuelven de manera particular las dudas e inquietudes que surjan durante la operación cotidiana de la organización, con la frecuencia y reuniones que sean necesarias y solicitadas para brindar orientación.

Determinación de equivalencia

Orientación y en su caso, presentación respecto de la evaluación de requisitos para determinar si la donataria autorizada es equivalente a una organización benéfica o una fundación operativa de E.U.A.

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Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

En materia de PLD, el SAT y la UIF trabajan de manera conjunta, sin embargo, las facultades de cada una de estas Instituciones se encuentran debidamente establecidas, por ello, se orienta a las organizaciones respecto del debido cumplimiento de estas obligaciones frente a ambas autoridades.

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